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La CVR, la memoria y los acuerdos razonables (1)

Publicado: 2010-02-20

El debate sobre la CVR, la memoria histórica y la construcción de acuerdos razonables en el Perú

Parte 1. El relato histórico como memoria colectiva

Nada hay más personal, intransferible e innegociable que la memoria individual. En contraste, nada hay que no sea transferible o negociable en la memoria colectiva que llamamos relato histórico.

Donde la memoria individual suprime, prioriza u ordena de acuerdo a la arbitrariedad de los afectos, la memoria colectiva organiza los hechos de acuerdo a convenciones, reglas de juego socialmente determinadas, intereses y hegemonías.

De la incapacidad de compartir memorias individuales (y su base, las experiencias y percepciones individuales) se deriva la modestia científica: como no hay experiencia o relato idéntico, la ciencia avanza en función de explicaciones válidas en tanto nuevas teorías no resulten convincentes. El derecho, al fin y al cabo una ciencia social, ha traducido esta modestia del conocimiento en reglas de equidad: como es difícil reconstruir la acción, es necesario observar estrictos procedimientos en el intento, a fin de evitar injusticias.

Pero la construcción del relato histórico, a diferencia de otras ciencias, no tiene lugar en las circunstancias controladas del laboratorio o bajo las reglas de igualdad de armas del proceso penal (por más que una vieja metáfora insista en comparar la historia a un tribunal). La historia se escribe en el contexto real de estructuras de poder: su construcción especializada en la academia y su vulgarización en el sistema educativo son procesos de disputa hegemónica.

¿Qué tan abierta e inclusiva es la negociación a la base de la producción del relato histórico? Eso dependerá de la sociedad de la que hablemos. Podría imaginarse un espectro de tipos ideales: en un extremo, el “1984” de Orwell donde el poder de las elites se manifiesta en la absoluta y automática arbitrariedad del relato histórico y la irrelevancia del pasado; en el otro extremo, el ideal liberal, todos y cada uno de millones de ciudadanos emancipados, iguales y cívicamente activos buscan el consenso.

En el mundo real, que está en medio de esos extremos, ni siquiera la dictadura más feroz ha sido capaz de erradicar la memoria de los subordinados, cuyas versiones sumergidas y reprimidas (auténticas sub-versiones) siempre han encontrado circuitos alternativos y formatos en los que canalizar su resistencia. Y, por cierto, las democracias constitucionales más avanzadas no se han mostrado capaces de integrar adecuadamente las voces de grupos marginalizados por el sistema económico y de poder. De hecho, hemos aprendido que bajo el horizonte liberal de la igualdad abstracta, muchas veces se normalizan desigualdades fácticas y se silencian voces.

En el espectro realmente relevante del mundo real, el relato histórico se disputa, se negocia, se casi impone, se retracta y se altera en momentos de fluidez y transición, en los que otros códigos importantes están también en cuestión. La forma en que este proceso social ocurre refleja las relaciones de poder existentes, sin duda, pero también sucede que las batallas por la memoria tienen un impacto significativo en la vida social y en esas mismas relaciones de poder: el relato histórico legitima o erosiona la dominación, construye o derrumba mitos.

La construcción de la memoria social, sin embargo, como otros aspectos de la vida política, ha sufrido ciertos cambios nada desdeñables con la emergencia del paradigma de los derechos humanos y el históricamente novedoso prestigio del liberalismo constitucional. El efecto de este desarrollo jurídico y político es que la tarea de construir un discurso histórico ha sido complejizada: ya no puede verse meramente como disputa hegemónica, sino que pasa a ser también un espacio de afirmación de derechos de las personas y deberes de los estados como garantes de esos derechos.

Esto tiene una consecuencia fundamental para el relato histórico de aquellos procesos marcados por masivas violaciones de los derechos humanos. En efecto, ante la comisión de ciertos crímenes considerados como “los más graves en el derecho internacional”, los estados tienen la obligación de garantizar el derecho de las víctimas a la justicia, a la reparación integral y a conocer la verdad sobre los hechos.

Examinaremos este nuevo momento en la siguiente entrega de “La torre de marfil”.

Parque de la memoria, en Argentina. Ver articulo aqui.


Escrito por

Eduardo Gonzalez

Descendiente del gitano Melquíades. Vendo imanes. Opino por mi y a veces por mi gato.


Publicado en

La torre de marfil

Blog de Eduardo González Cueva